« El mandato de cooperación voluntaria con ASFC brinda a cada colaborador la oportunidad de aportar su grano de arena en un proyecto de gran envergadura, gracias a los conocimientos especializados, la pasión y la iniciativa que todos demuestran »
– Me Frédérique Forget, abogada para Monette Barakett S.E.N.C. (Barreau du Québec 2020)
Cuando la legislación nacional es deficiente en la prevención, protección y reparación de ciertos derechos fundamentales, a veces es útil recurrir a herramientas internacionales para una protección efectiva.
Como asesora jurídica voluntaria en El Salvador para Abogados sin Fronteras Canadá, tuve la oportunidad de analizar la situación legal del acoso sexual en el lugar de trabajo y en las instituciones de educación superior con el fin de identificar los problemas, sensibilizar a la sociedad civil sobre el tema, sugerir buenas prácticas a los empleadores y desarrollar ideas para formular recomendaciones con vistas a presionar al Estado. De este modo, pude aportar mis conocimientos sobre el acoso en el lugar de trabajo, adquiridos durante los tres últimos años en un bufete especializado en derecho laboral.
En el caso del acoso laboral, el 10 de junio de 2019, la Organización Internacional del Trabajo (en adelante OIT) adoptó el Convenio núm. 190 sobre la violencia y el acoso en el trabajo. La República de El Salvador firmó el Convenio el 7 de junio de 2022 y éste entró en vigor el 7 de junio de 2023. El Convenio núm. 190 y la Recomendación núm. 206, que aclaran y precisan el Convenio, son las primeras normas internacionales del trabajo que proporcionan un marco común para prevenir, combatir y eliminar la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, incluida la violencia y el acoso por razón de género. También es la primera norma internacional que reconoce la violencia y el acoso en el lugar de trabajo como una violación de los derechos humanos.
El Convenio establece que el Estado debe tomar medidas para prevenir el acoso en el lugar de trabajo y promulgar una legislación que obligue a los empleadores a adoptar una política sobre el acoso en el trabajo.
Dado que El Salvador se ha comprometido en virtud del Convenio a adoptar una legislación que defina y prohíba la violencia y el acoso en el lugar de trabajo antes de que el Convenio entre en vigor, analicé el Convenio para concienciar a la sociedad civil de las obligaciones que deberán cumplirse a partir del 7 de junio de 2023.
Como resultado, organicé un curso de formación para sensibilizar a los empresarios y las organizaciones sobre esta cuestión y animarles a adoptar una política interna, de modo que estén preparados cuando el gobierno adopte la legislación nacional que les obligue a adoptar una política. La formación se impartió a representantes de empresas, ONG y otros agentes de la sociedad civil.
Paralelamente a la formación, redacté recomendaciones para compartirlas con los socios con el objetivo de abogar ante el Estado. También tuve la oportunidad de participar en un programa de radio para concienciar a la población sobre la entrada en vigor del convenio.
Entre los demás mandatos que me encomendó el equipo de Abogados sin Fronteras Canadá en El Salvador, tuve la oportunidad de participar en una mesa redonda sobre el tema del acoso sexual en las universidades.
Este evento tuvo lugar en un contexto particularmente tenso, en el que varios estudiantes querían denunciar la criminalización de jóvenes universitarias que habían tenido el valor de denunciar públicamente actos de violencia de género cometidos por profesores y personal.
Como abogada voluntaria canadiense, hablé de las posibles soluciones jurídicas para el futuro y de las buenas prácticas que podrían adoptar las universidades, a la luz de las prácticas adoptadas en Quebec. Hablé de la Ley para prevenir y combatir la violencia sexual en las instituciones de educación superior, adoptada en 2017 por el gobierno de Quebec, y de las obligaciones que esta ley impone a las instituciones de educación superior de Quebec.
Fue muy gratificante poder comprobar que mis conocimientos previamente adquiridos podían ser transponibles y aplicables al proyecto Unid@s y que podían sensibilizar y conducir a un gran avance para las víctimas de la violencia de género.
El mandato de cooperación voluntaria con el CBSA ha sido para mí una valiosa experiencia que me ha permitido desafiarme a mí misma y crecer en todos los aspectos. He tenido la oportunidad de adquirir conocimientos y sensibilidad ante la violencia de género, aptitudes que serán inestimables en mis experiencias futuras. He tomado conciencia de algunos temas espeluznantes y he podido satisfacer mi necesidad de contribuir al acceso a la justicia de las personas más vulnerables. También he podido perfeccionar mi tercer idioma hasta el punto de ser capaz de responder espontáneamente a preguntas técnicas jurídicas durante las entrevistas. Pero, sobre todo, lo que permanecerá conmigo para siempre y lo que ha dejado la mayor huella en este mandato de cooperación voluntaria son las relaciones interpersonales desarrolladas durante esta memorable experiencia en El Salvador.
[1] Organización Internacional del Trabajo, Convenio sobre la violencia y el acoso, 2019 (núm. 190), preámbulo en línea: https://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=NORMLEXPUB:12100:0::NO::P12100_ILO_CODE:C190, [consultado el 18 de abril de 2023].