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7 febrero 2025

En noviembre de 2024, el juicio contra Benedicto Lucas García, exjefe del Estado Mayor General del Ejército durante el régimen de su hermano, Fernando Romeo Lucas García, fue abruptamente interrumpido. Esta decisión no solo perpetúa la herida abierta de las más de 27,000 personas desplazadas y las 1,084 víctimas documentadas de genocidio y crímenes contra deberes de humanidad, sino que también reafirma un mensaje aterrador: la justicia en Guatemala sigue siendo selectiva y frágil. Aquí les contamos por qué.

 

Un análisis de Carla González Riera, cooperante voluntaria con Abogados sin fronteras Canadá en Guatemala entre abril 2024 y enero 2025

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Violencia sistemática y genocidio

 

El caso contra Lucas García es un recordatorio de los horrores del conflicto armado interno en Guatemala (1960-1996), durante el cual el 83% de las víctimas pertenecen a Pueblos Mayas y 93% de los crímenes fueron cometidos por el Estado. Entre los cargos se incluyen, entre otros:

 

♦ 19 masacres constitutivas de genocidio con al menos 1,084 víctimas;

♦ 16 actos de violencia sexual, una práctica generalizada y sistemática utilizada como arma de guerra contra mujeres Mayas, representando el 83% de las víctimas de este tipo de violencia;
♦ 16 hechos constitutivos de delitos contra deberes de humanidad, con 70 víctimas como mínimo;
♦ 19 comunidades víctimas de saqueo, quema y destrucción;
♦ 5 hechos de tortura con 11 víctimas como mínimo;
♦ 48 hechos de sometimiento a condiciones de existencia que pueda producir su destrucción física, total o parcial;
♦ 75 víctimas de desaparición forzada y
♦ el desplazamiento de 68 comunidades, sometidas a bombardeos, persecución, enfermedades y hambre, con al menos 27.000 personas desplazadas y 81 fallecidas.

 

Un juicio saboteado por la impunidad

 

Tras 99 audiencias y el testimonio de más de 75 testigos y testigas, así como numerosos peritos expertos, la posibilidad de justicia parecía tangible. La abogada Jovita Tzul Tzul, representando a la Asociación por la Justicia y la Reconciliación (AJR), demostró con pruebas irrefutables la responsabilidad directa de Benedicto Lucas García por los crímenes de genocidio, desaparición forzada y delitos contra los deberes de humanidad. La intención de eliminar a la población Maya Ixil quedó probada a través de la caracterización de ésta como enemigo interno, fruto del profundo racismo evidenciado en el caso.

 

No obstante, a lo largo del presente proceso, las abogadas del Instituto de la Defensa Pública Penal han presentado numerosas acciones constitucionales de amparo infundadas y arbitrarias, con fines dilatorios y de obstaculización de la averiguación de la verdad. Estas acciones intentaron usar el amparo como si fuera una forma de apelar decisiones ya tomadas en el juicio. El 13 de noviembre, se otorgó un amparo provisional a favor del acusado y su defensa. Más tarde, el 28 de noviembre, la Sala Primera de la Corte de Apelaciones anuló el juicio, argumentando que el Tribunal de Mayor Riesgo «A» no fue imparcial porque el juez presidente usó la palabra «impunidad».

 

La obligación de combatir la impunidad

 

Esta decisión ignora el deber del Estado de investigar y procesar violaciones de derechos humanos. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha enfatizado que la impunidad perpetúa la repetición crónica de violaciones y la indefensión de las víctimas (Casos Castillo Páez vs. Perú; Paniagua Morales y otros vs. Guatemala).

 

Además, contradice el Compromiso contra la Impunidad del Acuerdo Global de Derechos Humanos y las Observaciones de la CIDH tras su visita in loco en julio de 2024, donde se urgía priorizar la lucha contra la corrupción y la impunidad como clave para la gobernabilidad democrática.

 

Una promesa rota

 

Con esta resolución, el caso será transferido al Tribunal de Mayor Riesgo “B”, que deberá reiniciar el juicio desde cero. Esto anula décadas de lucha, pruebas y testimonios, repitiendo estrategias de obstrucción y obstaculización del acceso a la justicia y la averiguación de la verdad, como las que anularon en 2013 la condena contra Efraín Ríos Montt, o la anulación del caso Creompaz en noviembre del 2024. La resolución perpetúa un patrón de regresión judicial que favorece a los responsables de crímenes atroces.

 

Las víctimas, olvidadas por la justicia

 

Hoy, las decisiones judiciales que protegen a los perpetradores son una afrenta directa a las víctimas. El uso de términos como “impunidad” por parte del Tribunal no es sesgo, sino el mero cumplimiento de los compromisos internacionales que ha adoptado el Estado de Guatemala. La comunidad internacional debe prestar atención al sabotaje interno de la justicia transicional en el país.

 

¡Tú también puedes actuar!

 

No permitamos que el sufrimiento de las víctimas y supervivientes quede en la oscuridad. Comparte esta historia, apoya a las organizaciones que luchan contra la impunidad y exige justicia. Juntas, podemos exigir un cambio real para Guatemala y para las víctimas que merecen verdad, justicia y reparación. Y que nunca más se vuelva a repetir.

 

Recursos Adicionales

 

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